miércoles, 18 de febrero de 2015

boletín 2015/02/12.- Actualización bases autónomos, efectivas en junio 2015

Actualización de la base de autónomos 2015
 

Los trabajadores por cuenta propia o autónomos, pueden cambiar semestralmente su base de cotización, eligiendo otra dentro de las establecidas, siempre que lo soliciten expresamente en su respectiva dirección de la Tesorería General de la Seguridad Social o administración correspondiente.




Los plazos serían hasta el:
  • 30 de abril con efectos 01 de julio.
  • 30 de septiembre con efectos 01 de enero.

Con caracter general y al margen de situaciones específicas, las bases de cotización pueden oscilar durante el año 2015:

          1.- Para los trabajadores  menores de 47 años  sus limites son:

               -base máxima = 3.606,00€
               -base mínima = 884,40€

          2.- Para los trabajadores con 47 años al 01/01/2014 sus límites son:

          - (sólo si su base de cotización a diciembre de 2014 fue igual o superior a 1.888,80€)
               -base máxima = 3.606,00€
               -base mínima = 884,40€

          3.- Para los trabajadores con 47 años o más al 01/01/2015 sus límites son:

               -base máxima = 1.926,60€
               -base mínima = 944,40€


 Si durante el primer semestre del año 2015 Ud. cumple 47 años y quiere ir a las bases máximas deberá solicitarlo antes del 30 de abril del presente año.

Si estuvieran interesados en que les realicemos un estudio para complementar con otras alternativas pueden contactar con nuestra asesora Natalia Gorostiaga ngorostiaga@grupovadillo.com o en el Tfno 945 22 27 62.

jueves, 12 de febrero de 2015

Aulas Formativas Grupo Vadillo Asesores 2015


 ¿QUÉ LE FALTA A TU ESTRATEGIA DE NEGOCIO?
¿QUIERES INCREMENTAR TUS VENTAS EN 2015?

 Estimado amigo,

En Grupo Vadillo Asesores te ofrecemos un servicio de asesoramiento para ayudarte en la gestión y administración de tu empresa en diferentes niveles.

 En la situación de incertidumbre actual, uno de los elementos fundamentales que sabemos que más te preocupa es el ámbito comercial y la generación de nuevo negocio. Por esta razón hemos decidido desarrollar una serie de “Aulas Formativas” orientadas al conocimiento y desarrollo de técnicas de marketing y ventas muy prácticas que te permitan obtener más clientes y mejorar tu posición en el mercado.

Estas “Aulas Formativas” te permitirán responder a un buen número de cuestiones que seguramente te surgen en el día a día y poner en práctica acciones operativas con un impacto directo en la realidad de tu negocio.


A partir de febrero y hasta finales del mes de junio, desarrollaremos una sesión mensual de 90 minutos de duración.
 

AULAS FORMATIVAS VADILLO 2015
Duración
Febrero – Junio 2015
Fecha
1 seminario cada mes
Horarios
18.30 a 20 H
Duración
90 minutos / seminario
Duración total
7,5 horas
Lugar
Aula formativa AFOGASCA
Calle Madrid nº 66, entreplanta. Vitoria-Gasteiz

 
CONTENIDO DE LAS AULAS FORMATIVAS
1.1
¿Qué puede aportar el marketing a mi negocio?
1.2
¿Cómo impulsar la mentalidad de marketing en mi empresa?
1.3.
¿Merece la pena planificar?
1.4
¿Para qué sirve el plan de marketing y gestión comercial?
2.1
¿Cómo tener éxito con el plan de marketing-comercial?
2.2
¿Cómo hacer diagnósticos de situación (DAFO)?
2.3
¿Debemos fijar objetivos comerciales y de marketing?
2.4
Y ahora, ¿Cómo definir las estrategias de marketing - comerciales?
3.1
Planes de acción ¿Cuáles son los pasos a seguir?
3.2
¿En qué debe consistir el seguimiento y control del plan?
4.1
Asumir el marketing relacional
4.2
Marketing externo sí, pero también interno
5
Marketing digital, ¿Podemos hacerlo?

 

Para recibir más información y confirmar tu participación en las sesiones, tan sólo debes contactar con Teresa Martínez en el correo electrónico t.martinez@grupovadillo.com o en el teléfono 945 22 27 62

 
Esperamos contar  contigo para conocer tu opinión y confirmar tu asistencia.

 

miércoles, 11 de febrero de 2015

Boletín 2015/02/11.- Cambios legales en el modelo 347 "Declaración de operaciones con terceras personas"


Les informamos de los cambios más importantes del modelo 347 de declaración de operaciones con terceras personas por importe superior a 3.005,06 euros para el ejercicio 2014:

-          Se amplían los obligados a presentar el modelo 347: 

o    Se incluyen las comunidades de bienes en régimen de propiedad horizontal, así como determinadas entidades o establecimientos de carácter social, por las adquisiciones en general de bienes y servicios que efectúen al margen de las actividades empresariales o profesionales, incluso aunque no realicen actividades de esta naturaleza.

o    Los sujetos pasivos acogidos al régimen simplificado de IVA deberán suministrar información no solo de las operaciones que emitan factura sino también de aquellas por las que reciban factura y estén anotadas en el Libro Registro de facturas recibidas.

o    Las Administraciones Públicas deberán relacionar todas aquellas personas o entidades a quienes hayan satisfecho subvenciones, auxilios o ayudas, cualquiera que sea su importe.

o    Quedan excluidas del deber de declaración de arrendador las operaciones de arrendamiento de inmuebles urbanos que sean locales de negocio y estén sujetos a retención, ya que esas operaciones se declaran en el modelo 180.

-          Se deberán consignar separadamente de otras operaciones:
o    Operaciones incluidas en el régimen especial de criterio de caja

o    Operaciones en las que el sujeto pasivo sea el destinatario de la mismas (inversión del sujeto pasivo)

o    Operación sujetas y exentas en el Impuesto sobre el Valor Añadido, relativas a bienes vinculados o destinados a ser vinculados al régimen de depósito distinto aduanero.

-          Para este año el plazo de presentación será hasta el día 3 de marzo.
 
Para solicitar más información sobre estas ayudas, puede ponerse en contacto con nosotros en el teléfono 945.22.27.62 o mandando un e-mail a arodriguez@grupovadillo.com.

viernes, 26 de diciembre de 2014

Boletín 2014/12/26.- Programa de apoyo al sector vitivinícola


Recientemente se ha publicado en el BOPV la Orden de 15 de diciembre, por parte del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad de Gobierno Vasco, por la que se convocan para el ejercicio 2015 las ayudas a las acciones y los programas de información y promoción en terceros países de productos vinícolas, y las ayudas a la inversión del programa de apoyo al sector vitivinícola.


Ayudas a las acciones y los programas de información y promoción en terceros países de productos vitivinícolas:
  • Plazo de presentación de la solicitud: 15 de febrero de 2015.
  • Acciones y actividades:



Las acciones deberán llevarse a cabo preferentemente en el marco de un programa de información y promoción.

Para cada periodo de programación, los programas podrán tener una duración máxima de 3 años por beneficiario y país. Podrán ser prorrogados por un periodo no superior a 2 años, previa solicitud, según lo previsto en el artículo 8.3. RD 548/2013 de 19 de julio.
  • Beneficiarios: (entre otros)

    1. Empresas vitivinícolas.
    2. Asociaciones de exportadores y consorcios de exportación, participados exclusivamente por empresas del sector vitivinícola.

Los beneficiarios deberán demostrar suficiente capacidad técnica y financiera para afrontar las exigencias de comercio con los terceros países, y medios para asegurar que la medida se implementa lo más efectivamente posible. Deberán, asimismo, garantizar la disponibilidad, en cantidad y calidad, de productos, para asegurar la respuesta frente a las demandas que se puedan generar como efecto de la promoción realizada.
  • Productos objeto de las medidas de promoción:

    1. Vinos con denominación de origen protegido.
    2. Vinos con indicación geográfica protegida.
    3. Vinos en los que se indique la variedad de uva de vinificación.

       
  • Lista de productos

    1. Vino
    2. Vino de licor.
    3. Vino espumoso.
    4. Vino espumoso de calidad.
    5. Vino espumoso aromático de calidad.
    6. Vino de aguja.
    7. Vino de aguja gasificado.
    8. Vino de uvas pasificadas.
    9. Vino de uvas sobremaduradas.
    10. Vinos ecológicos.

Se podrán elegir todos los países para realizar las medidas de promoción, siendo prioritarios:
    1. Argelia.
    2. Australia.
    3. Brasil.
    4. China
    5. Corea del Sur.
    6. Estados Unidos.
    7. India.
    8. Indonesia.
    9. Japón.
    10. Marruecos.
    11. México.
    12. Rusia.
    13. Singapur.
    14. Sudáfrica.
    15. Truquía.
    16. Países del Golfo (Arabia Saudí, Kuwait, Bahrein, Qatar, EAU, Omán).
    17. Canadá.
    18. Noruega.
    19. Suiza. 
    Ayudas a las inversiónes:

  • Plazo de presentación de la solicitud: 1 de febrero de 2015.
    Personas físicas o jurídicas titulares de microempresas y PYMES que produzcan, comercialicen o realicen ambos procesos respecto a los productos mencionados en el artículo anterior, que tengan actividad en el momento de presentación de la solicitud o que la inicien con el proyecto presentado con la solicitud, y que sean responsables finales de la financiación del proyecto.
     
    Asimismo, podrán beneficiarse de la medida las empresas con menos de 750 empleados o cuyo volumen de negocio sea inferior a 200 millones de euros, que cumplan con los mismos requisitos de producción y comercialización mencionados en el párrafo anterior. En el supuesto de estas empresas intermedias la intensidad máxima de ayuda se reducirá a la mitad.
    No obstante, cuando se trate de solicitudes cuya actividad sea únicamente la comercialización al menos, un 80 por ciento de su facturación del último ejercicio cerrado deberá proceder de la comercialización de los productos del anexo XI ter del Reglamento nº 1234/2007, del Consejo, de 22 de octubre de 2007.
     
    En el caso de beneficiarios que inicien su actividad en el ámbito de la comercialización, deberán presentar un compromiso escrito de que al menos el 80 por ciento de su facturación procederá de la comercialización de los productos del anexo XI ter del Reglamento nº 1234/2007, del Consejo, de 22 de octubre de 2007.
     
    Las inversiones no podrán comenzar antes de la presentación de la solicitud de ayuda, salvo los gastos señalados en el anexo XVI, 5, a y b del Real Decreto 548/2013, de 19 de julio, que podrán ser tenidos en consideración en las solicitudes presentadas en el año 2014 y en los doce meses previos a la fecha de solicitud en los años posteriores.
     
    Las solicitudes para acceder a las ayudas a las acciones y los programas de información y promoción en terceros países de productos vinícolas, y a las ayudas a la inversiones, para el ejercicio 2015-2016 previstas en el Reglamento (UE) 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013; en el Real Decreto 548/2013, de 19 de julio; y en el Decreto 227/2014, de 9 de diciembre, estarán dirigidas al Director de Calidad e Industrias Alimentarias y se presentarán en las dependencias del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad sitas en la calle Donostia-San Sebastián n.º 1, 01010 Vitoria-Gasteiz.
     

    Para solicitar más información sobre estas ayudas, puede ponerse en contacto con nosotros en el teléfono 945.22.27.62 o mandando un e-mail a arodriguez@grupovadillo.com.




     


    lunes, 15 de diciembre de 2014

    Boletín 2014/12/15.- Evaluación de Impacto en la Protección de Datos


    La Agencia de Protección de Datos continua apostando por  educar a las empresas que tratan datos personales en la realización de comportamientos proactivos, diligentes y responsables que contribuyan a garantizar el respeto en la utilización de datos personales y a fortalecer la confianza de los clientes y usuarios de dichas empresas en que sus datos están siendo tratados adecuadamente.

    Fruto de esa apuesta, la Agencia aboga por el concepto de “privacidad desde el diseño”, que significa que  las cuestiones de protección de datos y privacidad se tomen en consideración desde la fase inicial, desde el momento mismo del diseño de un producto o servicio (por ejemplo un nuevos programa o sistema informático, una página web en la que se recojan y traten datos personales, una campaña de mailing masiva o una campaña de telemarketing, una aplicación de gestión de nóminas …) identificando los posibles riesgos para poder corregirlos anticipadamente evitando que una vez desarrollado o implantado, se descubra su ilegalidad o que no respeta adecuadamente la normativa sobre protección de datos y haya que rediseñarlo o adaptarlo con los altos costes que eso supone, no solo económicos sino incluso (lo que es más importante todavía) de imagen y reputación para la empresa afectada.

    Para gestionar ese riesgo se puede realizar previamente una Evaluación de Impacto en la Protección de Datos consistente en analizar los riesgos que un determinado sistema de información, producto o servicio puede entrañar para la protección de los datos de los afectados, para gestionar los riesgos identificados adoptando las medidas necesarias para eliminarlos o mitigarlos.

    En estos momentos no hay obligación legal de realizar Evaluaciones de Impacto aunque podría existir en el futuro si se aprueba la Propuesta de Reglamento General de Protección de Datos para la Unión Europea en los términos propuestos por la Comisión Europea. En todo caso la propia Agencia establece que aunque la realización de una evaluación de impacto no eximirá de responsabilidades en caso de vulneración de la normativa de protección de datos, sí podrá ser teni­da en cuenta como un elemento relevante para valorar si la empresa ha sido diligente en la implementación de las medidas adecuadas para cumplir con las exigencias legales.

    Por supuesto no es imprescindible  hacerlas en caso de pequeños cambios o proyectos que no signifiquen modificaciones importantes o nuevos usos de datos personales o que éstas sean sencillas y no impliquen riesgos para la privacidad; ni no todas las EIPD tienen por qué realizarse con la misma profundidad, sino que dependerá del tipo de empresa, del sector y actividad de la misma del tamaño de la organización, de si hace tratamientos masivos de datos personales especialmente si son sensibles como datos de menores o de salud …

    En Vadillo Asesores podemos ayudarle y asesorarle en la realización de una evaluación de impacto, por lo que si lo desea puede ponerse en contacto con Luis Jorquera en el teléfono 945 22 27 62 o en  l.jorquera@grupovadillo.com

    miércoles, 3 de diciembre de 2014

    Boletín 2014/12/03.- Aportaciones EPSV 2014


    Otros años, por estas fechas, ya tenía decidido cuanto aportar a mis EPSVs
    pero este año....  tengo la cabeza hecha un lío.


    Las nuevas reformas fiscales en EPSV me dicen que:

     EPSV, PLANES DE PENSIONES Y PPA (Territorio Foral)

    -    Solo puedo aportar 5.000€ (antes podía aportar hasta 10.000€ incluso con cierta edad hasta 12.500€).
    -    Hasta el 3-7-2014 tengo el dinero consolidado y me permiten sacarlo cuando cumpla 10 años de antigüedad (según fecha 1ª aportación)
    -    Lo que aporte desde el 3-7-14 debe mantenerse hasta la jubilación (está previsto que se iguale a la Ley de Planes de Pensiones pero está sin concretar).
    -    Si estoy jubilado, NO PUEDO APORTAR

      

    F. aportación
    Importe aportación
    1º Rescate Posible
    Importe rescate
    2-7-2014
    3.000
    10 años desde la fecha de la 1ª aport.
    3.000 + intereses
    1-12-2014
    2.000
    JUBILACION
     
    1-12-2015
    5.000
    JUBILACION
     

     

     
     
     
    PLANES DE PENSIONES Y PPA (Territorio Común)

     -          Aportación máxima 10.000€ (si tienes más de 50 años aportación máximo12.500€).
    -          Los planes contratados en esta campaña podrán rescatarse en 10 años, cuando entre en vigor la reforma fiscal.
    -          Si estoy jubilado pero no he cobrado , SI PUEDO APORTAR
    -          A partir de 2015 la aportación máxima es 8.000€

     
    F. aportación
    Importe aportación
    1º Rescate Posible
    Importe rescate
    1-12-2014
    10.000
    01-01-2025
    10.000 + intereses
    1-07-2015
      2.500
    01-01-2026
     
    1-12-2015
      5.500
    01-01-2026
      8.000 + intereses

     
     
     
     
    ¿Cuál es la finalidad de invertir en EPSV?
    1.   Ahorro fiscal muy importante: Si invierto 1.000€, en el IRPF me devuelven 350€ aproximadamente.
    2.   Complementar la pensión de jubilación.
    3.   Adicionalmente, ahorro con posibilidad de rescate a los 10 años. 

    TEN CLARO TU OBJETIVO Y CONSULTANOS TODAS TUS DUDAS.

    -   Podemos calcular tu IRPF de 2014 y decirte cuanto necesitas invertir en EPSVs
    -   Podemos invertir tus aportaciones en los mejores EPSVs del mercado.
    -   Podemos invertir tus excesos de tesorería en productos financieros muy competitivos en función de tu perfil de riesgo.         

     

    Pueden consultar todas tus dudas preguntando por Natalia Gorostiaga en el teléfono 945 22 27 62 o por mail: ngorostiaga@grupovadillo.com